2023
Concurso de Admisión
Acuerdo N° 004-JURADO DE ADMISION-2023: Aprobar por Unanimidad, el Consolidado de especialidades requisito para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023. (ver Cuadro Consolidado).
Acuerdo N° 011-JURADO DE ADMISION-2023: Aprobar el listado de Documentos y los Criterios expuestos y encargar a la Secretaría Técnica del Comité Directivo del CONAREME en proceder a la correspondiente publicación en la página web (Acuerdo de Jurado de Admisión) del acuerdo adoptado; éstos deben ser incorporados al SIGESIN. Así también, se remita a los presidentes de los Equipos de Trabajo conformados para su aplicación con motivo del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 a fin de ser aplicados por los Equipos de Trabajo conformados para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023.(ver Criterios)
Acuerdo N° 017-JURADO DE ADMISION-2023: Aprobar la aclaración el numeral 3.18 del artículo 3° de las Disposiciones Complementarias al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, el cual se tiene precisado bajo el siguiente texto:
“Los postulantes a la vacante por modalidad Libre, que hayan culminado sus estudios de Residentado Médico, bajo la modalidad libre, deberán acreditar el ejercicio profesional de tres (3) años en la especialidad de egreso, a la fecha de inscripción para el Concurso Nacional, conforme a su Cronograma de Actividades, para acceder a postular a otra especialidad.”
Acuerdo N° 019-JURADO DE ADMISION-2023: Aprobar por unanimidad, las Sedes para rendir el EXUN 2023 Proceso Electrónico de CONAREME como sigue:
• Lima: URP
• Sur: UCSM
• Norte: UPAO
Acuerdo N° 024-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen erróneamente el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME, se realizará la devolución de lo depositado, descontando los gastos administrativos, del 0.8% del valor de la Unidad Impositiva Tributaria, cuyo importe es de: S/. 39.60, determinado en la Tabla de Costos; siempre y cuando, el médico cirujano postulante, no haya hecho uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN).
Acuerdo N° 025-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME (Proceso ante la Universidad o Proceso Electrónico de CONAREME), y no culminaron su registro o inscripción, o habiendo culminado no continúan en todas las etapas del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, e hicieron el uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN), para efectos de su registro de datos o su inscripción al Concurso Nacional 2023; en estos casos, no se realizará devolución de dinero al médico cirujano postulante, al haberse utilizado el sistema informático del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023.
Acuerdo N° 027-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar la Directiva del Proceso Electrónico del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para ser aplicada por el Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico; autorizando a la Secretaría Técnica del Comité Directivo del CONAREME la correspondiente publicación. (ver Criterios)
Acuerdo N° 028-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar la Directiva de Seguridad en las Sedes del Examen Escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para ser cumplida por los Grupos de Trabajo conformados en las sedes universitarias de rendición del examen escrito, bajo responsabilidad.(ver Documento).
Acuerdo N° 029-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Corresponde aplicar por este Jurado de Admisión del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para el caso del Médico Cirujano Wilson Michel Mendoza Calienes, DNI 41948218, la aplicación de los alcances del numeral 48.1 del artículo 48° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y el numeral 51.1 del artículo 51° del Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, Reglamento de la Ley N° 29973, el cual se entiende aplicar solo en favor del citado médico cirujano un 15% de su puntaje final en la etapa de evaluación; conforme lo dispuesto por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima.
Debiéndose aplicar el 15% del puntaje final del proceso o etapa de evaluación, lo que correspondería aplicársele en el puntaje final obtenido de la evaluación curricular y el examen escrito.
Por ello, se acuerda que una vez obtenido el puntaje final este Jurado de Admisión del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, establecerá la aplicación del 15% sobre el puntaje obtenido por el citado médico cirujano, publicando los resultados conjuntamente con la relación de resultados del examen escrito y evaluación curricular de los médicos cirujanos postulantes.
Así también, resulta necesario establecer que es responsabilidad del postulante la especialidad o subespecialidad a elegir que permitan cumplir con el programa de formación en el campo clínico de la sede docente de adjudicación de la vacante.
Acuerdo Nº 030-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Se aprueba la restricción en el sistema informático del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023- SIGESIN de la oferta y adjudicación de las siguientes vacantes en el presente Concurso Nacional 2023, al no estar priorizadas con arreglo del numeral 3 del artículo 14° de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico, las siguientes especialidades:
Gobierno Regional de Ica: Especialidad de Patología Clínica (1 vacante).
Gobierno Regional de Junín: Especialidad de Gastroenterología (2 vacantes); especialidad de Neonatología (1 vacante);
especialidad de Ortopedia y Traumatología (1 vacante).
Gobierno Regional de Piura: Especialidad de Med. Familiar y Comunitaria (8 vacantes).
Gobierno Regional de San Martin: Especialidad de Pediatría (1 vacante).
Acuerdo N° 043-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso de la médico cirujano Shirley Pamela Lisbeth Avalos Sanchez, debe remitirse la información y los alcances del presente Acuerdo al Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico de CONAREME; considerando la calificación como observado insubsanable (criterios aprobados por el Jurado de Admisión) al no cumplir con el requisito para acceder a una plaza cautiva PNP, de ser médica cirujana en calidad de Oficial de Servicio PNP efectivos, asimilada o nombrada o contratada a plazo indeterminado y de acuerdo a los alcances del Oficio N° 299-2023-DIRSAPOL/OFAD-AREGEPSP.ED, así como no haber presentado el documento de Autorización por la PNP.(ver Documento)
Acuerdo N° 044-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso del médico cirujano Nelson Darwin Alcántara Yarleque, debe remitirse la información y los alcances del presente Acuerdo al Equipo de Trabajo de la Universidad UNMSM, en el Proceso ante las Universidades; considerando la calificación como observado insubsanable (criterios aprobados por el Jurado de Admisión) al no cumplir con el requisito para acceder a una plaza cautiva PNP, de ser médico cirujano en calidad de Oficial de Servicio PNP efectivo, asimilado, nombrado o contratado a plazo indeterminado y de acuerdo a los alcances del Oficio N° 299-2023-DIRSAPOL/OFAD-AREGEPSP.ED, así como no haber presentado el documento de Autorización por la PNP.(ver Documento)
Acuerdo N° 045-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso del médico cirujano Jaime Orlando Paredes Salas, postulante a la subespecialidad de ginecología oncológica, que no tiene vínculo laboral con EsSalud; debiendo el Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, que en la revisión se debe precisar no haber presentado el documento de Autorización por EsSalud.
Acuerdo N° 046-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso de la médico cirujano Virginia Yessica Barreto Villena, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, que la citada postulante a la especialidad de radiología no tiene vínculo laboral con EsSalud; debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, que en la revisión se debe precisar no haber presentado el documento de Autorización por EsSalud.
Acuerdo N° 047-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso del médico cirujano Juan Nilo Pillaca Rojas, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad San Martin de Porres del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 que el citado postulante a la especialidad de gastroenterología no tiene vínculo laboral con EsSalud, tiene vinculo contractual como CAS (no cumple con las Disposiciones Complementarias – no cuenta con contrato a plazo indeterminado); debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.
Acuerdo N° 048-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso de la médico cirujano Cristina Diaz Gio, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad Ricardo Palma del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, que la citada postulante a la especialidad de cirugía oncológica no tiene vínculo laboral con EsSalud, tiene vinculo contractual como CAS (no cumple con las Disposiciones Complementarias – no cuenta con contrato a plazo indeterminado); debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.
Acuerdo N° 049-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita a los Equipos de Trabajo conformados en las Universidades para el Proceso ante la Universidad y el Equipo de Trabajo para el Proceso Electrónico, haga de conocimiento el listado correspondiente de cada uno de los médicos cirujanos observados, en los acuerdos Nº 45, 46, 47 y 48 del Jurado de Admisión 2023, precedentes, con la finalidad de calificar el expediente de postulación de los citados médicos cirujanos, como observados insubsanables, al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.
Acuerdo N° 050-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar que el listado de los 178 Médicos cirujanos, remitido en el Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, (Anexo “A”), que mantienen vínculo laboral con EsSalud, sea remitido a los Equipos de Trabajo conformados, para que en caso de que los médicos cirujanos continúen en las etapas del Concurso Nacional, como la etapa de adjudicación de vacantes, solo se permita la adjudicación de vacantes de acuerdo con el orden de mérito obtenido a las vacantes de la modalidad libre de las otras instituciones prestadoras de servicios de salud, con excepción de EsSalud.
Acuerdo N° 051-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME realizar las acciones de coordinación con el responsable del SIGESIN, para que se restringa el acceso a las vacantes libres de EsSalud a los médicos cirujanos del Anexo “A” en concordancia con el Acuerdo Nº 050-JURADO DE ADMISÓN-2023.
Acuerdo N° 052-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso de la observación: “ENFERMERA R.L. 728”; los Equipos de Trabajo conformados, deben de calificar los expedientes de postulación de los médicos cirujanos observados, el cual debe contar con la presentación del Título de Médico Cirujano para su postulación; caso contrario, deberá ser calificado como observado insubsanable al no contar con el citado documento requisito.
(ver Documento Acuerdo N° 045 - 052 )
Acuerdo N° 053-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita al Equipo de Trabajo conformado en la Universidad Privada Antenor Orrego, la información contenida en el Oficio N° 002072-2023-GRLL-GGR-GRS y calificar el expediente de postulación del médico cirujano EDWING SAUL AZABACHE VÁSQUEZ, ante la observación de no haber recogido el Anexo 4-A, que establece la autorización a postular a las sedes docentes del Ministerio de Salud en Lima Metropolitana; que en caso de no haberlo presentado, calificar como observación insubsanable y comunicar al citado médico postulante. (ver Documento)
Acuerdo N° 054-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita al Equipo de Trabajo de la Universidad Privada Antenor Orrego, la restricción a la postulación del MC. LAURE VELASQUEZ JOSE LUIS a la plaza cautiva de Ginecología y obstetricia, según la información contenida en el Oficio N° 1841-2023-GRA-GRDS-DIRES-A-DEA/OGDPH/UCAP-CONV.SED.DOC que no considera al mencionado médico cirujano, con autorización para postular a vacante cautiva del Gobierno Regional de Ancash.(ver Documento)
Acuerdo N° 056-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar como equivalentes el título universitario obtenido de aquellos médicos cirujanos postulantes nacionales o extranjeros con la denominación de “Médico cirujano”, con motivo de acuerdos, tratados y convenios bilaterales, celebrados por el Perú con otros países:
• Decreto Supremo N° 012-2013-RE, que ratifica el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior entre el Gobierno de la Republica del Perú y el Gobierno de la República de Cuba a aquellos profesionales con títulos en Doctor en Medicina otorgados a ciudadanos peruanos por las Universidades, Institutos Superiores, Institutos Superiores Politécnicos y las Escuelas Internacionales de nivel superior de la República de Cuba.
• Decreto Supremo N° 003-2007-RE, que ratifica el Reconocimiento de Estudios, Grados Académicos y Títulos Universitarios entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia.
• Decreto Supremo N° 024-1998-RE, que ratifica el Acuerdo de Reconocimiento de Títulos Universitarios entre la República del Perú y la República Argentina.
• Decreto Supremo N° 064-2003-RE, que ratifica el Convenio de Cooperación y Mutuo Reconocimiento de Títulos Profesionales, Grados Académicos y Estudios Universitarios entre la República del Perú y la República de Ecuador.
• EL TÍTULO DEBE ESTAR RECONOCIDO Y REGISTRADO EN LA SUNEDU, ASÍ COMO EL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ.
Acuerdo N° 057-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar para el caso de la médico cirujano Claudia Sofia Hernández Cornejo, cuenta con una sanción judicial de INHABILITACION impuesta y vigente de acuerdo a los alcances de la Resolución emitida por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, puesto a conocimiento en el Oficio N° D002063-2023-OGGRH-MINSA, no pudiendo adjudicar vacante en la modalidad libre de una Entidad Pública. En ese sentido, se remite la información y los alcances del presente Acuerdo del Jurado al Equipo de Trabajo de la Universidad Peruana Cayetano Heredia en el Proceso ante las Universidades, quien deberá hacer de conocimiento a la citada postulante, que solo puede acceder a vacante de aquellas instituciones privadas que oferten vacantes en la modalidad libre. (ver Documento)
Acuerdo N° 060-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar la relación sedes de rendición del examen escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023:
N° | Postulante a: | Sede del Examen |
1 | Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) | SEDE: UNMSM |
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC) | Av. Grau N° 755 Lima Cercado (Frente al Hospital Guillermo Almenara Irigoyen) | |
2 | Universidad Ricardo Palma (URP) | SEDE: URP |
Universidad Privada San Juan Bautista (UPSJB) | Av. Benavides N° 5440 - Santigo de Surco | |
Postulantes al Proceso Electrónico (LIMA) | ||
3 | Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO) | SEDE: UPAO |
Universidad César Vallejo (UCV) | Av. América Sur N° 3145 con Prolongación César Vallejo - Urb. Monserrate – Trujillo | |
Postulantes al Proceso Electrónico (NORTE) | ||
4 | Universidad Católica Santa María (UCSM) | SEDE: UCSM |
Postulantes al Proceso Electrónico (SUR) | Urb. San José S/N, Umacollo - Arequipa (Campus Universitario, ingreso por la Puerta de San Juan) | |
5 | Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV) | SEDE: UNFV |
Av. Nicolás de Piérola N° 351 – Lima | ||
6 | Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) | SEDE: UPCH |
Av. Honorio Delgado N° 430 Urb. Ingeniería, San Martin de Porres | ||
7 | Universidad San Martin de Porres (USMP) | SEDE: USMP |
Jr. Las Calandrias 151 -291, Santa Anita | ||
8 | Universidad Nacional de Piura (UNP) | SEDE: UNP |
Urb. Miraflores S/N, Castilla - Piura | ||
9 | Universidad Nacional de Trujillo (UNT) | SEDE: UNT |
Av. Salaverry N° 545, Trujillo (Facultad de Medicina) | ||
10 | Universidad Nacional San Agustín de Arequipa (UNSA) | SEDE: UNSA |
Av. Virgen del Pilar N° 1713, Arequipa (Ingreso Puerta 1 - Área de Biomédicas) | ||
11 | Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC) | SEDE: UNSAAC |
Av. Víctor Raúl Haya de la Torre S/N - Cusco (Puerta N° 01), Ref. Frente a la puerta de emergencia del Hospital Regional de Cusco | ||
12 | Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP) | SEDE: UNCP |
Av. Mariscal Castilla N° 3909, El Tambo - Huancayo | ||
13 | Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) | SEDE: UNAP |
Av. Colonial con Moronillo S/N Iquitos (Punchana) | ||
14 | Universidad Nacional del Altiplano (UNA) | SEDE: UNA |
Av. Sesquicentenario N° 1150, Puno (Ciudad Universitaria - Facultad de Medicina Humana) | ||
15 | Universidad Privada de Tacna (UPT) | SEDE: UPT |
Campus Capanique S/N - Av. Jorge Basadre Grohman S/N Pocollay - Tacna (Facultad de Ciencias de la Salud) | ||
16 | Universidad Peruana Los Andes (UPLA) | SEDE: UPLA |
Jr. Ciro Alegría N° 215, Urb. Chorrillos - Huancayo - Junín (Campus Universitario) | ||
17 | Universidad Nacional de Cajamarca (UNC) | SEDE: UNC |
Av. Atahualpa N° 1050, Edificio 8 - Cajamarca (Facultad de Medicina) | ||
18 | Universidad Científica del Sur (UCSUR) | SEDE: UCSUR |
Carretera Panamericana Sur Km. 19, Villa El Salvador – Villa 2 |
Acuerdo N° 061-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar el horario de ingreso a las Sedes de rendición del examen escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023; el cual, será desde las 06:00 horas hasta las 09:15 horas en que se cerrarán indefectiblemente las puertas de ingreso a las sedes. El horario de ingreso podrá ser variado por el Grupo de Trabajo de las Sedes de acuerdo con el número de postulantes; esta variación no afectará el horario de cierre de puertas señalado.
Acuerdo N° 062-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar el inicio y termino del examen escrito de especialidades y subespecialidades, como se detalla:
- El Examen de Especialidades, parte “A”: inicia a las 10:00 horas y termina a las 12:00 horas
- El Examen de Subespecialidades: inicia a las 10:00 horas y termina a las 12:00 horas
- El Examen de Especialidades, parte “B”: inicia a las 13:00 horas y termina a las 15:00 horas
Así también, se tiene por aprobada la actividad del Veedor de CONAREME en cada Sede de rendición del Examen Escrito:
- El Veedor del CONAREME en cada Sede del Examen Escrito entregará el material debidamente embalado y lacrado EXCLUSIVAMENTE al Presidente del Grupo de Trabajo de cada sede, firmándose el acta de entrega y conformidad correspondiente a horas 08:00 horas del día del Examen Escrito.
Acuerdo N° 063-JURADO DE ADMISIÓN-2023: Aprobar las siguientes disposiciones una vez finalizado el examen escrito en cada una de las sedes de rendición del examen:
1. Los postulantes a especialidades sólo al término del examen parte B, así como al término del examen de subespecialidades, podrán llevarse consigo el cuadernillo de examen.
2. Ningún postulante podrá retirarse de la sede de examen antes de la hora precisada anteriormente, en caso excepcional de retiro antes del término de la prueba, el postulante no se llevará el cuadernillo de examen.
3. Una vez finalizada la parte B de la prueba escrita de especialidades, el Veedor de CONAREME y el Grupo de trabajo de la Sede de examen, llevarán a cabo la lectura de las hojas de identificación y respuestas, en el siguiente orden:
a. Prueba General Parte A.
b. Prueba General Parte B.
c. Subespecialidades.
Relación final de ingresantes Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 Descargar
Relación final de postulantes Aptos Descargar
Relación de Postulantes y Resultados de Evaluación Curricular Proceso Ante CONAREME Descargar
Los reclamos correspondientes del proceso Ante CONAREME son recibidos vía SIGESIN el 16 y 17 de agosto.
Listado de preguntas frecuentes ver preguntas
Cronograma de Actividades del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 Descargar actualizado 05.06.23
Disposiciones Complementarias 2023. Descargar PDF actualizado 07.06.23
Directiva de verificación documentaria. Descargar PDF
Especialidades y Subespecialidades Prioritarias. Descargar
DIRESA Madre de Dios. Descargar
DIRESA San Martin. Descargar
DIRESA Tacna. Descargar
GERESA Lambayeque. Descargar
GERESA Loreto. Descargar
Clínica Detecta. Descargar
Oftalmosalud San Isidro. Descargar
Oftalmosalud - Hospital de Ojos. Descargar
AUNA. Descargar
Clínica Good Hope. Descargar
Clínica Internacional. Descargar
Clínica San Juan de Dios Arequipa. Descargar
Instituto de Medician Legal. Descargar
Ministerio de Salud - DIGEP. Descargar
Oftalmomedic. Descargar
Policlinico Alberto Leopoldo Barton Thompson. Descargar
Policlinico Guillermo Kaelin de la Fuente.pdf. Descargar
Sanidad Ministerio de Defensa. Descargar
Sanidad PNP. Descargar
ESSALUD. Descargar
PRUEBA A Descargar
PRUEBA B Descargar
Anatomía Patológica Descargar
Anestesiología Descargar
Cirugía de tórax y cardiovascular Descargar
Cirugía General Descargar
Ginecología y Obstetricia Descargar
Neurocirugía Descargar
Oftalmología Descargar
Pediatría Descargar
Psiquiatría Descargar
Radiología Descargar
Urología Descargar